Declaración sobre los usos pacificos de la energia nuclear
DECLARACIÓN
DE ACADEMIAS NACIONALES
Subscriben esta Declaración las siguientes Academias Nacionales:
Academia
Nacional de Ciencias de Buenos Aires
Academia
Nacional de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales
Academia
Nacional de Educación
Academia
Nacional de Ingeniería
Academia
Nacional de Medicina
Academia
Nacional de Ciencias
El descubrimiento y la aplicación pacífica de la energía nuclear es uno de los logros científicos y tecnológicos más importantes del siglo XX.
Las Academias Nacionales que subscriben esta declaración advierten que, en el momento actual y de acuerdo a los estatutos que las rigen y sus funciones específicas, es oportuna una clara toma de posición en esta materia, a fin de aportar elementos de juicio a los Señores Legisladores en su examen de estas cuestiones, y en general para ayudar a esclarecer la opinión pública, la cual está siendo confundida por campañas de agitación y propagación de temores, tan tendenciosas como infundadas desde el punto de vista de la seriedad científica.
Desde mediados del siglo que acaba de concluir la Argentina invierte importantes recursos para desarrollar la tecnología nuclear y aprovechar así nuestras reservas de uranio. La decisión del Gobierno de la República Argentina de crear la Comisión Nacional de Energía Atómica en 1950, ha convertido la Argentina en un país nuclear. Desde entonces científicos y técnicos argentinos se han capacitado en esta materia y, observados desde una perspectiva mundial, han alcanzado resultados de gran importancia. Existe en el país la capacidad técnica e industrial para diseñar y construir reactores nucleares, así como la de producir combustibles nucleares y demás insumos requeridos.
Muchas
aplicaciones a la Medicina, a la Industria y al Agro, han sido desarrolladas
en laboratorios argentinos. Somos exportadores de equipos, insumos y tecnología
nuclear. Todo esto nos ha colocado en una posición de vanguardia
en Latinoamérica. Para estas Academias Nacionales no constituye
sorpresa que INVAP haya ganado una licitación internacional para
construir un reactor nuclear de investigación en Australia, sino
la confirmación de una trayectoria de excelencia tecnológica
de nuestro país en esta área.
Estas
Academias Nacionales desean señalar que estas actividades se desarrollan
en nuestro país con riesgos mínimos para la población,
con nivel de probabilidad de accidentes muy inferior a muchas otras actividades
industriales no nucleares y con la correcta supervisión. Estiman
oportuno destacar también la seriedad profesional y el alto nivel
del organismo de control en lo nuclear, la Autoridad Regulatoria Nuclear
de nuestro país, la cual es reconocida y respetada también
en el ámbito internacional.
Los
organismos responsables de las regulaciones nucleares han adoptado criterios
muy severos para evaluar los posibles efectos perniciosos para la salud
de la radiación nuclear, con un grado de cautela y de rigor muy
superior al que se emplean en la consideración de otras actividades
industriales. Sería deseable que se encararan criterios tan estrictos
como los que rigen la actividad nuclear también en el caso de las
poluciones nocivas generadas por las fábricas y los medios de transporte.
No obstante, se ha inducido en la población no informada un exagerado
temor acerca de los efectos de la radioactividad en dosis muy pequeñas.
Cabe
recordar, a este respecto, que durante muchas décadas cientos de
hospitales y clínicas del país han empleado las facilidades
de la Medicina Nuclear y la Radioterapia para beneficio de la salud
de la población. Material radiactivo, con actividades muy superiores
a la de los elementos combustibles con los que operará INVAP, se
ha movido con seguridad por todo el país tras el objetivo Salud.
Hay
también aspectos jurídicos en la cuestión que nos
ocupa, que conviene esclarecer.
En
primer lugar cabe destacar que el Art. 12 del Acuerdo con Australia no
obliga a la Argentina a tratar el combustible gastado en nuestro país.
Si Australia lo solicita y bajo condiciones contractuales específicas
para ello, la Argentina se compromete a constituirse en una de las alternativas
para el acondicionamiento del combustible gastado, que luego tendrá
su disposición final en Australia. Tal acondicionamiento, como viene
sucediendo en el presente, puede ser realizado en un tercer país
con facilidades nucleares y así lo tiene planeado INVAP.
Dado
que el acondicionamiento de elementos combustibles gastados, del reactor
que construye INVAP para Australia, recién comenzará más
allá de esta década, las circunstancias internacionales en
materia de industria nuclear pueden cambiar. Sólo en el caso de
que en ese tiempo no fuera ya posible, o conveniente, el tratamiento de
los elementos combustibles en un tercer país, INVAP proyecta realizarlo
en Argentina.
En
vista de esa eventualidad, ha surgido la duda acerca de si la importación
temporaria de elementos combustibles gastados, para el acondicionamiento
en el país y posterior reexportación del producto resultante
para su almacenamiento permanente en Australia, pudiera contravenir el
último párrafo del Art. 41 de la Constitución Nacional
(reforma de 1994) donde se prohíbe el ingreso al país "de
residuos actual o potencialmente peligrosos y de los radiactivos".
Hay
muchas actividades en la vida contemporánea que la población
puede creer que son peligrosas, aunque el riesgo en realidad es ínfimo,
y muchas otras que son verdaderamente peligrosas, aunque la opinión
general todavía no lo haya percibido. Para responder correctamente
a estas cuestiones es necesario advertir que no se trata de que cada uno
se imagine que es lo que puede o no ser peligroso, o que cada uno decida
subjetivamente que puede ser considerado residuo radiactivo. Si así
fuera, por el absurdo, no podríamos traer al país ningún
radioisótopo, ea para la medicina, sea para la industria, sea para
la investigación científica. Lo que se trata aquí
no es materia de opiniones
personales,
sino cuestiones técnicas que deben dilucidar los peritos en la materia
de acuerdo a definiciones precisas, establecidas por acuerdos internacionales
y reflejadas en la legislación nacional.
La
Autoridad Regulatoria Nuclear de Argentina es la autoridad nacional que
fiscalizará que el eventual acondicionamiento de los elementos combustibles
gastados se lleve a cabo cumpliendo con la normativa vigente en seguridad
radiológica y nuclear, salvaguardias y protección física.
Esta Autoridad considera que los elementos combustibles gastados no son
"per se" residuos radiactivos, concepto claramente reflejado por la "Convención
conjunta sobre la seguridad en la gestión del combustible gastado
y sobre la seguridad en la gestión de desechos radiactivos", firmada
por nuestro país en Viena en 1997 y aprobada por la Ley Nº
25.279.
Cabe
destacar además que, previamente al ingreso del combustible gastado,
se deberá controlar el cumplimiento de las normas vigentes
aplicables al eventual ingreso temporario del combustible gastado. Es obvio
que toda la actividad relacionada con el acondicionamiento y posterior
re-exportación a Australia de los combustibles gastados y los residuos
generados en ese proceso, estará bajo el control de la Autoridad
Regulatoria Nuclear.
El
punto de vista de estas Academias Nacionales sobre esta materia es
que un elemento combustible gastado no es intrínsecamente un residuo
radiactivo, conceptos que deben distinguirse, concordando con la opinión
de la Autoridad Regulatoria Nuclear. Por consiguiente, tratando la cuestión
con seriedad, no vemos que se pueda arribar a otra conclusión que
no sea que el Acuerdo con Australia en modo alguno contraviene la Constitución
Nacional.
Esta
última es también la posición de conocidos constitucionalistas,
entre los cuales también se cuentan juristas que han participado
como constituyentes en la reforma de 1994. La prohibición a la que
hace referencia el párrafo del Art. 41 mencionado, en la intención
del legislador, apunta a evitar que residuos nucleares de otros países
se depositen permanentemente en el territorio nacional.
La
aprobación por la Cámara de Diputados del acuerdo marco de
colaboración con Australia es de vital importancia para que esta
actividad pueda continuar y para que la Argentina realice su destino tecnológico.
A juicio de estas Academias Nacionales la cancelación de este acuerdo
relegaría al país a la triste categoría de socio no
confiable y significaría condenar al fracaso la industria nuclear
argentina. En último análisis la consecuencia de tal frustración
sería empujarnos hacia la pobreza y el atraso. En un mundo globalizado
y fuertemente competitivo, la defensa y el aumento del conocimiento, su
organización y sus aplicaciones, son fundamentales para nuestra
supervivencia y progreso como nación.
Se
informa que después de la fecha indicada se ha recibido la aprobación
de la Declaración por la Academia de Ciencias Médicas de
Córdoba, la cual solicita su inclusión a la nómina
de instituciones adherentes. Por otra parte se deja constancia que la Academia
Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba ha participado
en la discusión del presente documento mediante un Académico
delegado. Sin embargo, la aprobación formal de esa Academia no ha
llegado todavía a la Academia Nacional de Ciencias de Buenos Aires,
la cual actúa como coordinadora de las Academias firmantes, a la
fecha de hoy 23 de septiembre de 2002.
Texto
leído por el Dr. A. Maiztegui en el Centro Atómico Ezeiza,
durante los trabajos del Seminario sobre Política de Gestión
de Residuos Radiactivos, 24 de septiembre de 2002, al cual participaron
Legisladores, Asesores de Diputados y Senadores, invitados especiales,
y el Presidente de la CNEA, junto con dirigentes y expertos de CNEA y de
ARN. En esa reunión el documento fue entregado a la Diputada L.
Puig de Stubrin, Presidenta de la Comisión de Ciencia y Tecnología
de la Cámara de Diputados, por la delegación de Académicos
formada por el Dr. F. T. Gratton (ANCBA) el Dr. A. Maiztegui (ANC) y el
Ing. I. Marín (ANI).